Aprobación final: Adiciones a las recompensas y beneficios para familiares de personas secuestradas y desaparecidas

Fuente: Knesset

El Pleno parlamentario aprobó en segunda y tercera lectura el proyecto de ley sobre adiciones a las compensaciones y beneficios para los familiares de personas secuestradas y desaparecidas (enmiendas legislativas), 2025. 14 miembros de la Knesset apoyaron el proyecto de ley, sin oponentes ni abstenciones.

Se propone conceder a los familiares de los secuestrados liberados y a los familiares de los secuestrados cuyo cuerpo haya sido devuelto, beneficios de rehabilitación ocupacional, beneficios médicos y beneficios en el ámbito de los estudios durante un período de 36 meses a partir de la fecha de liberación de los secuestrados o de la fecha de devolución de los cuerpos, al nivel más alto concedido a los padres en duelo en virtud de la Ley de Familias de Soldados Muertos en Combate, así como beneficios psicosociológicos durante un período de 48 meses a partir de dicha fecha, de conformidad con las condiciones que rigen estos beneficios en la Ley de Familias de Soldados Muertos en Combate. Los familiares también podrán solicitar al Comité de Excepciones los beneficios previstos en la ley antes mencionada. 

También se propone aumentar la subvención trimestral que se paga mientras la persona secuestrada no haya sido liberada, de modo que los hermanos e hijos de una persona secuestrada que hayan cumplido 18 años y sean elegibles para la subvención recibirán 3.000 shekels adicionales, y si los hermanos e hijos tienen un hijo, 4.500 shekels. A los padres separados o divorciados que tengan derecho a una subvención trimestral inferior a 45.000 shekels, se les pagará un importe adicional de 13.500 shekels. Las adiciones a la subvención se otorgarán de forma retroactiva.

Además, se propone pagar una subvención adicional para la organización inicial después del regreso del secuestrado, cuyo monto varía según la fecha en que el secuestrado fue liberado durante el trimestre: el monto de la subvención para la organización para un padre o cónyuge oscilará entre 10.000 y 30.000 shekels, y para un hermano o hijo que haya cumplido 18 años, oscilará entre 7.000 y 21.000 shekels. Esta subvención también se aplicará a un hijo, hermano o hermana de una persona secuestrada cuyo cuerpo haya sido recuperado, que haya cumplido 18 años y no tenga derecho a un estipendio mensual. 

La exposición de motivos de la propuesta señala: “La necesidad de la enmienda propuesta surgió debido a la necesidad de brindar una respuesta inicial a los familiares de los cautivos que deben acompañarlos a su regreso del cautiverio en el proceso de rehabilitación y, al mismo tiempo, recuperarse del trauma experimentado”.

En este contexto, cabe señalar que el cautiverio es una experiencia traumática, con un impacto dramático y global en la vida de los familiares de la persona secuestrada. También se espera que el regreso a casa del secuestrado traiga consigo cambios significativos en la vida de la familia, que ahora debe lidiar con las profundas consecuencias físicas, emocionales y mentales del de su ser querido.

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